FAQ

EGM

  • ¿Cómo puede la comisión promotora llevar a cabo los trámites de manera telemática si no posee una figura jurídica inicial, lo que implica la ausencia de un CIF y la incapacidad de obtener un certificado digital? ¿Cuál es el proceso para esto?

Sugiero crear una entidad legal, como una asociación, para obtener los documentos necesarios que nos permitirán realizar trámites en línea y acceder a posibles ayudas. En caso de que la entidad que estamos considerando no se forme, podemos seguir trabajando bajo el paraguas de esta asociación. Como alternativa, podemos designar a una entidad legal profesional o a alguien con experiencia legal dentro del grupo para encargarse de las tareas necesarias, como presentar solicitudes al ayuntamiento o obtener certificados de catastro. En cualquier caso, es importante formalizar la constitución de la comisión promotora y demostrar que representamos más del 25 % de los valores catastrales y que al menos el 25 % de los titulares están involucrados.

  • En el caso de una parcela con múltiples titulares, ¿se emite un voto único por titular o se calcula de forma proporcional?

Se entiende que un voto representa la proporción de propiedad que tiene el votante sobre la referencia catastral en cuestión. Por ejemplo, si hay tres titulares, cada uno con el 33,33 % de la propiedad, y solo uno vota a favor, se consideraría como 0,33 titulares. Si dos votan a favor, se contaría como 0,66 titulares. Si los tres votan a favor, se cuenta como un titular completo a favor.

  • ¿A qué entidad administrativa debo acudir para obtener respuestas precisas sobre los procedimientos y trámites relacionados con la creación de una EGM?

La administración local tiene la libertad de establecer procedimientos para la constitución de la comisión promotora, siempre y cuando estén en línea con la Ley 14/2018. Por ejemplo, puede especificar si prefiere una forma jurídica específica o está abierta a la delegación de esta decisión.

  • ¿Es posible que una EGM obtenga un certificado digital?

Solo si tiene un CIF; de lo contrario, no.

  • ¿Qué documentos son requeridos por Hacienda para tramitar el CIF de la EGM?

Convenio firmado, estatutos firmados y justificante de registro de la EGM en el registro de la propiedad.

  • ¿Existen complicaciones al establecer cuotas mínimas o máximas conforme a la legislación?

No, a menos que esté especificado en los estatutos y sea ratificado por la mayoría, siempre y cuando la porción mayoritaria de la cuota sea proporcional. En otras palabras, el 49 % de la cuota puede ser constante y el 51 % variable, según el valor proporcional determinado.

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